El amor no se caza

No estoy en contra del amor, ni del casamiento; sólo estoy absolutamente en contra de la idea de casarse por amor.

Esta conclusión me lleva a discutir con todo el que la recepta, situación que por una parte me gusta porque me invita a debatir, pero por otra me deprime porque me enfrenta con la realidad tan llena de vacío que intento evadir la mayoría del rato.... La cosa es así: el matrimonio es una sociedad en la que dos personas se deben obligaciones recíprocas y se estatuyen condóminos sobre una parte de su propiedad -devenida ahora en "bienes gananciales"-, entiendo que desde dicho "acuerdo de voluntades" (uso las comillas porque me permito dudar de que realmente hayan acordado voluntades a tales fines) los esponsales son  propietarias de derechos que le permiten demandar cohabitación, fidelidad, alimento y asistencia (en virtud del art 198 del Código Civil Argentino Ley 17.711) del que ahora es su cónyuge. 
La situación particular que está viviendo la legislación en temas de familia en el derecho Argentino, me trae a escribir del tema cuando le quedan sólo 52 horas de vigencia a una ley que muta drásticamente a otra donde, por ejemplo, desaparece la exigencia de invocar una causa para cambiar nuevamente de estado civil, y se incorpora la posibilidad de contraer matrimonio entre los que tienen el mismo sexo. Ambos hechos que no están para nada en tela de juicio en este apartado, son ejemplos de las condiciones que vienen implícitas en el "acuerdo de voluntades" donde los flamantes esponsales son dos, de las tres partes firmantes del "acuerdo". El Juez del Registro Civil, representando al poder estatal, da Fe de la celebración del matrimonio mientras lee a los futuros esponsales tres artículos del aún vigente Código Civil (Arts 198, 199 y 200), luego con su firma certifica que ambos están en pleno conocimiento de los deberes y derechos que surgen de tales normas y que se comprometen a cumplirlas. De esta manera, se establece la institucionalización del "amor" (uso las comillas porque entiendo que fue el aparato estatal el que se disfrazó de sentimiento).

¿Porqué un Juez para decir que dos se aman? Porque la sociedad conyugal viene a regular uno de los cinco elementos de la persona que más le importa al Estado, y éste es la propiedad; es la confusión de patrimonios de los cónyuges lo que inmiscuye al Gobierno en las obligaciones que se imponen los que "se aman", y esta confusión que revela la intención -desde la imposición de fidelidad y cohabitación que pretenden la familia hasta culminar en la alimentación y asistencia que son su resultado- se plasma en las necesidades cubiertas que, de faltar, tendrías que cubrir el propio Estado, y ahora sólo las maneja... 


Entendiendo así las cosas, veo acertado contraer matrimonio con otro con quién se pretenda una sociedad de reproducción y crianza, programada y reglada, que prevee límites, seguros y beneficios, que otorga preferencia en créditos bancarios, y que posiciona socialmente en un nivel de confianza, estabilidad y "progreso".


Por otro lado, me parece terrible que dos que se aman se obliguen y dejen entrar reglas en lo puro de un sentimiento que no respeta imposiciones a la hora de sentir ni proyectar... Estoy segura que el amor, ese que no tiene comillas, no necesita de terceros ni testigos que lo avalen y menos a una sociedad que lo juzgue....

Del casamiento por iglesia no voy a escribir, tengo miedo de que Nietzsche me tire de los tobillos mientras duermo si le brindo atención a los retrógrados...